|
Oferta de Empleo.
Cuando una empresa precisa los
servicios de un trabajador, puede realizar una
oferta nominada, en caso de que ya haya seleccionado
un candidato determinado, o genérica, cuando espera
que le faciliten un grupo de candidatos que reúnan
las condiciones precisas para realizar una
selección, en cuyo caso lo solicita en las Oficinas
de Empleo o Agencias Privadas de colocación. Para
ello, debe de indicar las características del
puesto, condiciones de los candidatos, tipo de
contratación, forma, lugar y fecha de selección de
los trabajadores.
Si la solicitud se hace en el
INEM, ha de hacerse en un modelo oficial. Puede
hacerse personalmente o telefónicamente, debiendo
ratificarse en este último caso posteriormente por
escrito.
La oficina de empleo consulta
entonces en su banco de datos y envía al empresario
una preselección de candidatos éste les
entrevistados. También puede efectuar la selección
de candidatos mediante pruebas profesionales y/o
psicotécnicas.
La oficina también puede informar
sobre modalidades de contratación y normas de
contratación, medidas de Fomento de Empleo y su
tramitación y sobre el mercado de trabajo. Todas
estas actuaciones son gratuitas.
Agencias de Colocación.
Las Agencias de
Colocación no tienen ánimo de lucro. Sus servicios
han de ser abonados por los usuarios y su importe
deberá limitarse a los gastos ocasionados.
Por estos servicios se entiende
la oferta o presentación a los empleadores de los
trabajadores solicitados por los mismos, siempre que
dichos trabajadores se adecuen al perfil profesional
de los puestos de trabajo a cubrir existentes en las
empresas.
Además, están obligadas a garantizar
en su ámbito de actuación el principio de igualdad
de acceso al empleo y deben contar con una
autorización del INEM.
Han de comunicar por medios informáticos
al INEM, los datos referentes a:
- Solicitantes de empleo que
hayan requerido sus servicios.
- Las bajas que se vayan
produciendo entre sus usuarios solicitantes de
empleo.
- Las ofertas de trabajo que
hayan recibido de los empleadores.
- Los rechazos de ofertas de los
solicitantes y perceptores de prestaciones y
subsidios por desempleo, al empleo ofrecido y
las causas de su no aceptación.
- Hacer constar su condición y número
de autorización en todo lugar donde figure su
nombre.
El INEM dispone de
un fichero de todas las Agencias de Colocación
autorizadas.
|