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Contrato de Trabajo
Oferta de Empleo.

Cuando una empresa precisa los servicios de un trabajador, puede realizar una oferta nominada, en caso de que ya haya seleccionado un candidato determinado, o genérica, cuando espera que le faciliten un grupo de candidatos que reúnan las condiciones precisas para realizar una selección, en cuyo caso lo solicita en las Oficinas de Empleo o Agencias Privadas de colocación. Para ello, debe de indicar las características del puesto, condiciones de los candidatos, tipo de contratación, forma, lugar y fecha de selección de los trabajadores.

Si la solicitud se hace en el INEM, ha de hacerse en un modelo oficial. Puede hacerse personalmente o telefónicamente, debiendo ratificarse en este último caso posteriormente por escrito.

La oficina de empleo consulta entonces en su banco de datos y envía al empresario una preselección de candidatos éste les entrevistados. También puede efectuar la selección de candidatos mediante pruebas profesionales y/o psicotécnicas.

La oficina también puede informar sobre modalidades de contratación y normas de contratación, medidas de Fomento de Empleo y su tramitación y sobre el mercado de trabajo. Todas estas actuaciones son gratuitas.

Agencias de Colocación.

Las Agencias de Colocación no tienen ánimo de lucro. Sus servicios han de ser abonados por los usuarios y su importe deberá limitarse a los gastos ocasionados.

Por estos servicios se entiende la oferta o presentación a los empleadores de los trabajadores solicitados por los mismos, siempre que dichos trabajadores se adecuen al perfil profesional de los puestos de trabajo a cubrir existentes en las empresas.

Además, están obligadas a garantizar en su ámbito de actuación el principio de igualdad de acceso al empleo y deben contar con una autorización del INEM.

Han de comunicar por medios informáticos al INEM, los datos referentes a:

  • Solicitantes de empleo que hayan requerido sus servicios.
  • Las bajas que se vayan produciendo entre sus usuarios solicitantes de empleo.
  • Las ofertas de trabajo que hayan recibido de los empleadores.
  • Los rechazos de ofertas de los solicitantes y perceptores de prestaciones y subsidios por desempleo, al empleo ofrecido y las causas de su no aceptación.
  • Hacer constar su condición y número de autorización en todo lugar donde figure su nombre.

El INEM dispone de un fichero de todas las Agencias de Colocación autorizadas.

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Contrato:
Obligaciones y deberes del empleador y el empleado.
Duración del contrato.
Período de prueba.
Tipos de Contrato.

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